Registrar tu marca: un paso fundamental

Businessman hand holding wooden cube block with BRAND business word on table background. Marketing, Advertising and Product development concept

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Cada día, más y más empresas nuevas entran en el mercado. Una de las decisiones a las que se le dedica mucho tiempo es la elección del nombre de la empresa, naming. Es altamente necesario proteger la marca, y para ello os aconsejamos registrar la marca. La marca es el signo distintivo por excecelencia del producto o servicio que ofrece una empresa.

Motivos por los que registrar la marca

  • Conseguir propiedad exclusiva.
  • Protección del uso de la marca frente a terceros. Se pretende con esto impedir que cualquier persona use una marca idéntica o confundible con la nuestra.
  • Duración de la protección: 10 años renovable de forma ilimitada.

Proceso de registro de marca

  1. Antes que nada, revisad si el nombre de vuestra marca está libre y disponible. Para ello, tenéis que realizar una búsqueda en la base de datos de la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas). 
  2. Si queremos hacer el registro nosotros mismos, necesitaremos obtener la llamada “firma electrónica”, a través de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
  3. Aseguraos de cumplir con las exigencias de la denominada “Ley de Marcas” (sobre todo respecto a las prohibiciones absolutas y las prohibiciones relativas).
  4. Llega el momento de llevar a cabo los trámites administrativos necesarios para solicitar vuestro registro (incluso hay agencias y consultoras que pueden ayudaros a llevar estos temas). A la hora de cumplimentar este formulario de solicitud, podéis hacerlo tanto vía online como acudiendo a alguna de las oficinas de la OEPM que haya en vuestra provincia.
  5. Recordad que además de dichos trámites, este proceso también conlleva un coste económico, que variará dependiendo de distintos factores (como por ejemplo la amplitud de la zona geográfica en la que registréis la marca).
  6. Toca esperar a la resolución de la solicitud. En este momento, iréis recibiendo notificaciones al respecto, siendo también posible que otras marcas hagan reclamaciones con relación a vuestra propuesta. Si finalmente se os concede, la vigencia del registro es de 10 años, pudiéndose renovar pagando unas tasas determinadas llegado el momento.
  7. Por otro lado, aunque ya lo tengáis todo en regla, siempre es positivo que mantengáis una cierta “vigilancia” de vuestra marca. Es decir, monitorizar y estar atentos por si otras empresas vulnerasen nuestros derechos, creasen confusión con una marca demasiado similar, etc. Para ello, podemos también acudir al boletín que la OEPM publica con los nuevos registros (BOPI, o “Boletín Oficial de la Propiedad Industrial).

 

En resumen, para que vuestras ideas, esfuerzos, productos e inversiones estén protegidos y os proporcionen sus frutos, se hace muy necesario el registro de vuestra marca.